Aunque la nación está “reabriendo por fases”, la mayoría de los negocios ya han sufrido –y seguirán sufriendo– pérdidas sustanciales de ingresos como resultado de la pandemia global de COVID-19. Desde órdenes gubernamentales de cierre hasta el temor generalizado del público, muchos están perdiendo su sustento debido al brote mundial de coronavirus.
Aunque las aseguradoras ya han indicado que los reclamos por interrupción de negocio relacionados con la pandemia de COVID-19 serán denegados, es fundamental que no haga suposiciones sobre la cobertura de su propio negocio sin una revisión exhaustiva de su(s) póliza(s). En la mayoría de los casos, incluso cuando las pólizas contienen exclusiones por “microbios” y “virus”, lo más prudente es presentar un reclamo “pronto” para preservar sus derechos.
Nuestro equipo legal considera que los litigios sobre estos reclamos probablemente se centrarán en dos principales defensas de las aseguradoras: (1) la denegación de los reclamos por falta de “pérdida o daño físico” a la propiedad; y (2) la aplicación de exclusiones de póliza relacionadas con la presencia de “microbios” o “virus”.
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CONTÁCTENOS HOYEn litigios previos de seguros, los tribunales han determinado que el temor público por la salud y la seguridad puede causar una “pérdida física” en el contexto de la cobertura de propiedad comercial, y también cuando órdenes de autoridad civil provocan la pérdida de acceso al negocio cubierto, resultando en operaciones limitadas sin daño físico real a la propiedad asegurada. Además, para asegurados con pólizas que incluyen cobertura por interrupción de negocio contingente o por autoridad civil, puede haber ocurrido una pérdida física en propiedades adyacentes dentro de cierta distancia cuando esos lugares fueron contaminados por COVID-19.
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CONTÁCTENOS HOYAdicionalmente, aunque los reclamos bajo pólizas con exclusiones por “microbios” o “virus” pueden ser una “batalla cuesta arriba” para los asegurados, aún no hemos visto una exclusión por “pandemia” u otra que aborde adecuadamente la pandemia global de COVID-19 y las órdenes de cese de actividades resultantes. Por ello, instamos a los reclamantes a que sus pólizas sean revisadas por un abogado. No hay daño –ni costo– en revisar su(s) póliza(s) y presentar un reclamo.
Estamos adoptando un enfoque agresivo y único para desarrollar casos en nombre de los reclamantes, enfocándonos en asegurar que los reclamos se presenten “pronto” y “dentro de un plazo razonable”, como exigen la mayoría de las pólizas de interrupción de negocio. Trabajamos bajo honorarios de contingencia, lo que significa que no hay costo para usted a menos que recuperemos dinero en su nombre.
Si aún no ha presentado un reclamo con su(s) aseguradora(s), nuestro equipo legal revisará y evaluará su(s) póliza(s) relevante(s). Si creemos que tiene un reclamo válido, le ayudaremos a presentar los reclamos o lo haremos en su nombre. Anticipamos que las aseguradoras negarán los reclamos de interrupción de negocio de nuestros clientes, no porque carezcan de mérito, sino porque la industria aseguradora ya ha señalado su decisión coordinada y predeterminada de denegar estos reclamos como norma. Si su reclamo es denegado sin justificación, lo litigaremos en su nombre bajo honorarios de contingencia.
Si ya presentó un reclamo y fue denegado, nuestro equipo legal evaluará su(s) póliza(s) relevante(s), así como el reclamo presentado y la denegación. Si determinamos que su reclamo fue denegado sin justificación, lo litigaremos en su nombre bajo honorarios de contingencia.
Si su negocio está perdiendo dinero debido a un cierre por COVID-19, es importante saber que no está solo. Nuestro equipo legal tiene décadas de experiencia ayudando a clientes con reclamos y litigios de seguros complejos.
Para una revisión gratuita de su reclamo por interrupción de negocio, contacte a Ventura Law en línea o llame al (203)-297-7480 hoy. Nuestro equipo legal atiende a reclamantes de interrupción de negocio en todo el país.